La Defensora del Pueblo de Bariloche presentó al Concejo Municipal las Recomendaciones elaboradas durante el primer semestre 2015. Se trata de diez Recomendaciones hechas a distintas oficinas del Estado Municipal como consecuencia de la vulneración de algún derecho, también se solicitó a los ediles que traten la Recomendación para modificar la Ordenanza de Creación del Defensor del Pueblo local.
Las Recomendaciones, constituyen uno de nuestros principales resortes para poder colaborar con la resolución de problemas que plantea nuestra comunidad. Si bien, cada una de las oficinas a las que se remitió la Recomendación, la recibieron; consideramos importante, presentarlas al Consejo Municipal y hacerlas públicas en nuestro sitio institucional, para su mayor difusión.
La Defensora, Andrea Galaverna, justificó esta modalidad en la necesidad de “acercar la voz de los vecinos a la administración municipal en pos de resolver conflictos que los aquejan.”
Las Recomendaciones son instrumentos administrativos de la Defensoría del Pueblo normatizadas por la Ordenanza 1749 CM 07, que en su Artículo 20° señala: “…Cuando de las actuaciones practicadas se concluya que la denuncia se originó presumiblemente por el abuso, arbitrariedad, discriminación, error, negligencia u omisión de algunos de los organismos de su ámbito de competencia, el Defensor del Pueblo podrá dirigirse al mismo, formulando las sugerencias que considere oportunas….”
Estas son el resultado del estudio de un conjunto de actuaciones presentadas por ciudadanas y ciudadanos, que al momento de cerrarlas ameritan algún tipo de puesta en consideración por parte del poder político.
Las recomendaciones no son otra cosa que una invitación a pensar cómo resolver un conflicto. Conflicto que signa la vida de individuos puntuales que se acercaron a nosotros y cuya voz muchas veces se escucha a través de este instrumento. No son decisiones, suman elementos al diálogo o al análisis de una situación conflictiva. No representan rupturas, discordia ni coerción, sino una contribución para que otras voces de otros ciudadanos sean escuchadas y así aportar a la convivencia democrática de distintos sectores.
Estas sugerencias se deciden al evaluar la gravedad de una situación, la magnitud de una afectación, por la recurrencia de una denuncia o bien porque se entiende que la administración debe revisar una conducta, una política o una normativa.
Tal como afirmamos en nuestro Informe Final 2013 “la Defensoría del Pueblo de Bariloche es un órgano de control municipal (pero) se concibe como constructora de ciudadanía, como parte de un entramado que tiene la voluntad de ser agente de cambio”. No tiene voluntad de confrontar, sí de ser parte de una transformación para que los ciudadanos y las ciudadanas puedan gozar de sus derechos. Parafraseando a Alicia Pierini, ex Defensora del Pueblo de CABA: “Los Defensores y Defensoras del Pueblo tenemos la obligación de escuchar las demandas de los ciudadanos ante deficiencias, ineficiencias y omisiones de las instituciones del Estado. Nuestro único norte es la Defensa de todos los DDHH la defensa del sistema democrático, la gobernabilidad, la institucionalidad, la participación ciudadana, el diálogo y la escucha, fundamentalmente de las poblaciones más vulnerables. Tenemos como misión defender y proteger derechos…hacemos control de vigencia de derechos y ese control nos hace fatalmente críticos; puesto que trabajamos sobre las patologías del sistema, sobre lo que no funciona o lo que se incumple, advirtiendo sobre los daños por reparar o los riesgos por prevenir, diagnosticando situaciones y recomendando medidas. Ni oficialistas ni opositoras, las Defensorías del Pueblo fueron paridas por la democracia y están para cuidarla, mejorarla y defenderla…”.
Las Recomendaciones, uno de nuestros principales resortes
para poder colaborar a que se realice cambios necesarios de nuestra comunidad. Instalamos la perspectiva de derecho al momento de los reclamos, tamizando los reclamos a la luz de las Convenciones y del Sistema Internacional de los DDHH. Acorde a nuestra competencia, insistiremos específicamente en la Reforma de la Ordenanza de Creación de la Defensoría del Pueblo, que fue presentada al Concejo Municipal durante la última sesión del año 2014 (Resolución N° 387-DP- 2014). Y a continuación enumeramos las Recomendaciones 2015 presentadas hasta la fecha a los distintos poderes del Estado Municipal agrupadas temáticamente.
Recomendaciones vinculadas a Espacios Públicos (4) 1) Vecinos del Barrio INTA (Resolución N° 06-DP-2015) 2) Manzana 100 (Resolución N° 31-DP- 2014. 3) Libre Acceso y protección del ambiente del predio “Pampita” de Villa Los Coihues (Resolución N° 11- DP- 2015) 4) Vinculada a espacio público/ salud, y relacionada a perros sueltos y tenencia responsable de mascotas (Resolución 032-DP-20159.)
Derecho al trabajo(1) de instructor de ski ( recomienda modificar Ordenanza 2516-CM-14. Promoción de Derechos de las Mujeres(1) (Recomienda capacitar y sensibilizar en perspectiva de géneros (Resolución 07 DP- 2015). En relación a Discapacidad / Discriminación (1) se recomienda un Plan Municipalidad de Accesibilidad; Tasas Municipales (2) (eximición de tasas a jubilados (Resolución 208 CM-DP-2014) y (Resolución N° 14-DP- 2015) y una vinculada a la Seguridad e integridad(1) de personas que habitan en el Edificio Chic, cuyo inmueble está atravesado por el Arroyo sin Nombre (Resolución N° 095- DP-2015).
Sintéticamente explicamos el sentido de cada Recomendación:
Reforma a la Ordenanza de creación de la Defensoría del Pueblo de San Carlos de Bariloche
Propuesta de modificación de la Ordenanza N°1749 CM-07 de Creación de la Defensoría del Pueblo de Bariloche: “La Defensoría no es nada sin la participación ciudadana, somos una institución para la construcción colectiva, por tal motivo trabajamos en un proyecto para idear un mecanismo que habilite el voto popular al tiempo que otorgue mayor legitimidad al cargo”, afirmé en esa oportunidad.
Los ejes en los que se centran los cambios propuestos: El primero consiste en la incorporación de la participación ciudadana en la elección de la Defensora o Defensor que implica una instancia de voto voluntario de la ciudadanía entre los postulantes al cargo. De la votación quedaría una terna de los tres aspirantes más votados, entre los cuales el Concejo Municipal decide el futuro Defensor o Defensora del Pueblo de la ciudad. El segundo cambio consiste en otorgar la facultad al Defensor o Defensora electo de nombrar un Adjunta/ o, situación que permitiría zanjar una potencial situación de acefalía. El tercero propone establecer dentro de esta reforma, normas éticas que rijan al personal que se desempeña en la Defensoría del Pueblo local. El cuarto se fundamenta en la necesidad de una instrumentación normativa del Servicio de Mediación Comunitaria. Y el quinto estipula la conformación de un Consejo Asesor Ad Honorem para ser consultado en temáticas específicas.
Espacios Público:
Desembocadura del Ñireco: Esta recomendación tiene un valor especial puesto que surge de la demanda de la primera vecina que llegó a la Defensoría del Pueblo de Bariloche para hacer su reclamo, el cual consiste en solicitar la recuperación de un espacio público sobre el lago Nahuel Huapi, ocupado por un vecino que no es indigente. En consecuencia, esta gestión recomienda a la Intendenta, a Asesoría Letrada y al instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social que con la mayor celeridad posible se arbitren todos los medios y se realicen las acciones administrativas, legales y judiciales correspondientes a fin de que el espacio público ubicado entre la Manzana 100, la desembocadura del Río Ñireco y el Lago Nahuel Huapi que hoy se encuentra ocupado por particulares no indigentes, y sea recuperado por el Estado Municipal, y conforme su carácter público sea utilizando en beneficio de toda la comunidad. A igual tiempo recomienda a la Secretaría de Desarrollo Humano que realice un informe socio ambiental en el lugar indicado en el punto anterior y remita los mismos a esta Defensoría y organismos mencionados anteriormente a los fines que correspondan.
Villa Los Coihues: La segunda recomendación vinculada a espacios públicos se refiere al derecho a un ambiente sano, seguro, equilibrado y apto para el desarrollo humano, derecho presente en nuestro plexo normativo y que consideramos afectado en el espacio público conocido como “la Pampita” en la margen derecha del arroyo Gutiérrez hasta el Puente Negro. Como así también el derecho a la ciudad, concebido éste como derecho humano que contiene otros derechos y que debe ser protegido como bien colectivo, tanto como el derecho a la cultura y al esparcimiento. Por tanto se recomienda a las áreas de Desarrollo Estratégico, Seguridad Ciudadana y Ejecutivo Municipal la posibilidad de generar “área municipal de recreación en la zona limitada al oeste por el Arroyo Gutiérrez; al este por la Ruta 82; al sur el camino de ingreso al Barrio Los Coihues y al Norte el camino a Catedral (rotonda de Virgen de las Nieves)”, implementando la regulación correspondiente, articulando con las Instituciones de los Estados Municipal, Provincial y/ o Nacional, según corresponda, para garantizar el libre acceso de los ciudadanos tanto de Bariloche como turistas, con la protección necesaria del ambiente, de quienes acceden al lugar por el día, como de quienes residen en el Barrio Los Coihues en forma permanente, explicitando que está prohibido el acampe, que solo se podría hacer fuego en lugares habilitados a tal fin(fogones), además de garantizar la recolección de residuos en especial en época estival. En igual sentido se recomienda a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y a la Subsecretaria de Medio Ambiente, de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, que arbitren la articulación institucional necesaria, para garantizar el libre acceso de los ciudadanos tanto de Bariloche como turistas, con la protección necesaria del ambiente, protección de quienes acceden al lugar por el día, como de quienes residen en el Barrio Los Coihues en forma permanente, a través de la articulación con la Policía de Rio Negro.
Barrio INTA. La Defensoría del Pueblo de Bariloche elaboró una Recomendación como consecuencia de una presentación de una persona que vive hace 25 años en un inmueble cuya titularidad la tiene el Municipio, hogar que tiene una persona con discapacidad en la familia. La Defensoría recomendó «Que se debe analizar a través de Asesoría Letrada del Municipio y del IMTVHS si en la legislación vigente existe algún tipo de instrumento que permita a las familias relevadas continuar poseyendo el inmueble, sin que el Estado Municipal pierda la titularidad del dominio. Por ejemplo, a través de figuras como la cesión, el comodato y/o el derecho de usufructo, imponiéndose a los habitantes el correspondiente cargo, y garantizando los derechos ya mencionados de acceso a las costas del lago (a través de las correspondientes servidumbres). Que al momento de cesar el usufructo o comodato, se asegure el derecho a la vivienda en otro espacio físico o bien en el mismo lugar como sea la decisión de la autoridad. Que esa búsqueda, sería coherente con los más de 25 años de posesión, y el accionar del Estado que -como se dijo reiteradamente- los ha relevado y ayudado a conectar servicios básicos. Que en el documento legal, que permita la regularización, se debe dejar a salvo la titularidad del predio como espacio público de la municipalidad, y que los beneficiarios solo serán quienes han sido relevados, no pudiendo éstos ceder o transmitir derechos sobre el bien inmueble». Y recomienda a la Señora Intendenta Municipal, y al Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social que arbitre los medios y las diligencias correspondientes para que a través de los instrumentos legales que consideren pertinentes se regularice la situación de las familias (relevadas) habitantes del predio NC 19-3-A-21-007 por los motivos expuestos, preservando el derecho de acceso a la costa del Lago Nahuel Huapi y la continuidad de la titularidad registral en cabeza del Estado Municipal.»
Zoonosis/Perros sueltos: Atento a que la existencia de perros sueltos en la vía pública constituyen un problema puesto que se atenta contra la salud, la seguridad e integridad de las personas y se afecta el derecho a la libre circulación; atento a que constituyen el 10 % de temas que llegan a Mediación, y el primer tema de consulta en las salas de urgencia de hospitales y sanatorios, esta Defensoría recomendó a la titular del Ejecutivo Municipal, que “arbitre los medios necesario para el efectivo cumplimiento de la Ordenanza 1931/09, por parte de la Dirección de Zoonosis, dadas las consideraciones, y la dimensión del problema, y la existencia de un buen instrumento normativo que define y permite el abordaje de la fauna urbana”. Por otra parte, que evalúe “la posibilidad de que el registro y patentamiento de canes obligatorio”.
Derecho al Trabajo: Debido a que nuestra normativa protege el derecho de toda persona a un trabajo, y en la Ordenanza 2516-M-14 se la restringe tal derecho a un instructor de ski y se le solicita a la Intendencia evite el ejercicio irregular del oficio sin idoneidad para el cargo, se recomienda la modificación de la normativa local que regula en la materia.
Tasas municipales: Una persona solicita ser la encargada de pago de un inmueble que en vida comprara su cónyuge y que aparece a nombre de otra persona; y, por otra parte, se solicita se de amplia difusión a la caducidad anual de la excensión de tasas a jubilados.
Promoción de derechos de las Mujeres: En vista a la persistente desigualdad y efectos de ella en la sociedad, a la desarticulación de la asistencia de mujeres víctimas de violencia se recomienda al Concejo Municipal impulsar capacitaciones y sensibilización en perspectiva de género dentro del ámbito Municipal.
Seguridad/ Integridad: Edificio Chic- Arroyo sin nombre: Se recomienda una solución integral a la problemática que afecta al edificio Chic, como consecuencia de haber sido construido sobre el cauce del arroyo sin nombre, cauce que afecta su estructura y que requiere de una obra.
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