San Carlos de Bariloche
Martes, 23 de enero de 2024
Con motivo del tratamiento del Expediente Diputados: 0025-PE-2023, Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos en el Plenario de las Comisiones del Congreso Nacional, los Defensores del Pueblo de la República Argentina se reunieron para tratar el Título VIII: Salud Pública, Art. 618 a 625. Dicho título se refiere exclusivamente a la Ley 26.657 Derecho a la Protección de la Salud Mental.
Como consecuencia del exhaustivo análisis, los Defensores del Pueblo fijaron su posicionamiento frente a los cambios que el Ejecutivo impulsa. En el documento dado a conocer, se expresa que «ADPRA, considera oportuno subrayar que la propuesta planteada por el Poder Ejecutivo Nacional contraría los estándares y paradigmas convencionales y nacionales que significaron un avance en la protección de los derechos de las personas con padecimientos subjetivos.» Para leer el documento completo, ingrese a este enlace
El pronunciamiento fue remitido al Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Dn. Nicolás Mayoraz, al Presidente de la Comisión de Legislación General Dn. Gabriel Bornoroni y al Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda Dn. José Luis Espert, todas de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina. En la nota de envío la Presidencia de ADPRA solicitó que se ponga en conocimiento del contenido de la declaración a los demás diputados y diputadas a fin de que pueda ser leída, tratada y aprobada.
La Defensora del Pueblo Analía Woloszczuk en su carácter de Consejera, participó de las reuniones y de la elaboración del documento.