Conferencia de la Dra. Andrea Galaverna, Defensora del Pueblo de San Carlos de Bariloche- Río Negro, Argentina
Seminario
“Defensor del ciudadano: Reforma pendiente en Chile
y Experiencia Comparada”
Viernes 9 de mayo de 2014
Aula Magna, Universidad San Sebastián,
Puerto Montt.
Es un honor para mí que hayan pensado que nuestra experiencia como Defensoría puede aportar al debate que hoy están dando como país hermano en este camino de conformar las Defensorías del Pueblo en vuestro país.
Mi profesión amada es la medicina, la ejercí por más de 20 años, con una fuerte inserción institucional en unidades de cuidados intensivos. Con el tiempo incursioné en posgrados de Salud Pública, formación en DDHH y en Género, y así fui- de a poco- construyendo este perfil profesional que me llevó a este cargo en mayo del 2013.
Nunca estas decisiones vienen solas, hubo ingredientes muy importantes de la realidad de nuestra comunidad que me dieron el valor para lanzarme a la competencia por este puesto.
En primer lugar, nuestra ciudad tiene una población de unas 150.000 almas, una ciudad ubicada en una latitud de duros factores climático, una ciudad de frontera con un fuerte impacto migratorio externo latino y europeo, pero también interno. Nuestros vecinos expresan múltiples culturas, tenemos la riqueza que nos aportan las cosmovisiones de los pueblos originarios.
Pero también habitamos en una ciudad de considerables asimetrías sociales y fuertemente atadas al “monocultivo” del turismo. Si bien Bariloche es una de las ciudades del país con más científicos por habitante, no es ese el espacio que genera el trabajo necesario para asegurar el desarrollo de la comunidad.
Por otra parte estamos enclavados en medio de un Parque Nacional (Parque Nacional Nahuel Huapi), con lo cual las cuestiones medio ambientales son muy relevantes. Todos estos elementos anidan tensiones latentes de distinto orden y de modo continuo.
En diciembre del 2012 afrontamos una de las tantas crisis institucionales, hubo saqueos a supermercados, hombres y mujeres detenidos, militarización de las barriadas, etc. Pocos meses después sufrimos la destitución del entonces intendente y nos embarcamos a nuevas elecciones municipales. Crisis resuelta dentro de los canales que nuestra legalidad democrática establece.
Esta no era la primera crisis institucional que vivía Bariloche, situación que nos interpela como ciudadanos y nos devuelven la reflexión sobre la crisis de representatividad que hoy por hoy afrontan las democracias, y el rol que cumplen muchas veces las cuestiones de mercado que nunca son claras ni transparentes.
Todo esto se cristalizo en mí, con una sensación de dolor por mi ciudad y mi gente, situación determinante para mi postulación.
Siempre cuento que no recibí un “Manual del Defensora del Pueblo” al asumir hace un año, y es obvio por qué, no existe tal cosa. Y con frecuencia- en vista que en mi ciudad esta figura del Defensor del Pueblo es relativamente nueva (2007)- todavía hay quienes se preguntan ¿Qué hace un Defensor del Pueblo?. O bien, como me dijo una vecina en medio de un diluvio: “si no tiene colchones para qué esta?”.
Frente a este panorama de autodidaxia nos sumergimos en la historia de esta institución en distintos rincones del mundo, estudiosos que escriben sobre esta institución como el Dr. Carlos Constenla de Instituto Latinoamericano de Ombusman (ILO) y en la memoria y experiencia de otros y otras que nos precedieron.
Uno debe- y no por cercano- sino por justicia, mencionar que el origen de las Defensorías fue en Suecia hace unos 200 años, y con el claro objetivo de controlar la administración de gobierno.
Este núcleo originario nunca lo perdió, pese a los cambios que experimentó en el siglo XX, a la luz de las dictaduras que se sucedieron en la Península Ibérica. Cambios -o mejor, complementos- que se agregaron, fue el asumir a las Defensorías como garantes de la efectiva vigencia de los derechos.
Es durante la transición democrática española pos franquista que la Defensoría del Pueblo incorpora dos instancias mas a la de control de administración y defensa de derechos; estas son, la posibilidad de interponer acciones de amparo y también abre la puerta para plantear inconstitucionalidad de las leyes.
Esta breve reseña genealógica de lejanas raíces, sirve para comprender como en América Latina se escribe otra historia de las Defensorías, a partir de pueblos que emergen de guerras civiles, cruentas dictaduras, desaparición forzada de personas, criminalización de sectores de la población, la consolidación de una economía de mercado inescrupulosa y el auge del individualismo como incorporación cultural distintiva de fines de siglo XX y XXI y- desde ya- la pobreza que vino para quedarse.
Todo este raconto sirve para poner el marco más importante de las Defensorías del Pueblo, que es significarlas como actores políticos de los sistemas democráticos, y que como tales no pueden ser neutrales ante las violaciones a los DDHH.
De éste modo, las Defensorías se constituyen en canales de participación ciudadana que permitan la reconstrucción de lazos colectivos, con destinos comunes solidarios. Debemos destacar, y muy ligado a lo anterior, su otra función, la de tender puentes de diálogo entre los ciudadanos y los poderes, fortaleciendo esa figura ciudadana tan desdibujada como sujeto de derechos, y de alguna manera interpelando el ejercicio del poder.
Como dice la Dra. Laura Pautassi, experta en DDHH en la Universidad de Buenos Aires y del Conicet “ el enfoque de Derechos y los Derechos Humanos son pensados en la actualidad como un programa
que puede guiar u orientar las políticas públicas de los Estados y contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas, incluso en particular en procesos de transición”.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en julio del 2008 planteó que el enfoque de derechos humanos es una estrategia de desarrollo y erradicación de la pobreza y sugiere lineamientos de trabajo en conjunto con las Defensorías del Pueblo. Especialmente siendo un ámbito para el ejercicio del control democrático fomentando el concepto de ciudadanía y participación de las personas en los intereses de la sociedad.
Como Defensoría del Pueblo adoptamos el enfoque de derechos siendo este sistema integral el que utilizamos cotidianamente para resolver los conflictos que nos llegan. Ese sistema esta constituido por principios y estándares de derechos humanos y parte de la base del concepto de exigibilidad de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) y de la judiciabilidad de los mismos.
Desde esta óptica, las Defensorías son espejos donde mirarse y sacar insumos que desde el enfoque de derechos permita el diseño de políticas públicas.
Entendemos que las violaciones a los derechos sociales pueden ser por acción u omisión. Los estándares son declaraciones fundamentales sobre resultados deseados por parte de un interprete internacional autorizado (Ej. PIDESC, CEDAW, Convención por Derechos de las Personas con Discapacidad, o por los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes).
Los estándares que utilizamos para analizar las políticas públicas son: contenido mínimo de derechos, universalidad, progresividad y no regresividad, igualdad y no discriminación, producción de información (presupuesto de vigilancia DESC por el PIDESC), participación de los sectores mas afectados en el diseño de las políticas públicas (esto tiene un efecto fundamental en la construcción del sujeto de derecho), acceso a la justicia y mecanismos de reclamos.
Las Defensorías tienen facultades para ser “control de convencionalidad respecto a los estándares interamericanos en materia de derechos sociales”.”Las Defensorías del Pueblo deben exigir el respeto, a nivel interno, de los estándares interamericanos en el marco del principio de buena fe en el cumplimiento de los tratados de derechos humanos…”, tal como nos enseña Oscar Parra Vera en “DDHH y democracia -El sistema interamericano y el enfoque de derechos”.
Este enfoque significa una modalidad no sólo de intervención estatal jurídica y de diseño de políticas públicas, sino también de control del accionar de la administración, donde la Defensoría se constituye como una instancia prejudicial de diálogo, mediación y búsqueda de consenso, con estrategia de resolución alternativa de conflictos desde una mirada plural, multidisciplinar y que excede a la mirada única de los profesionales del derecho.
Es ahí donde nos paramos, desde la reformulación del conflicto como oportunidad, desde la creatividad, la palabra y la empatía, en pos de la resolución pacífica de los múltiples desencuentros sociales.
Nada de esto sería posible, ni efectivo, si carecemos de un estándar ético que guíe nuestras acciones, estándar del orden de lo personal pero también del equipo de trabajo en una Defensoría del Pueblo.
Este compromiso fundamental, de asumir la perspectiva de los DDHH como norte en nuestra tarea, coloca en un lugar central a los sectores más vulnerables. Con frecuencia le remarco a mi equipo que cuando dudemos de dónde tenemos que ubicarnos ante una situación compleja, ese lugar siempre debe ser el de los mas desprotegidos y desprotegidas.
En la interacción entre derechos sociales internacionalmente definidos, y que en Argentina tienen rango constitucional, y el derecho interno de cada Estado (nacional , provincial o municipal), las Defensorías del Pueblo juegan un rol fundamental para que los estándares contribuyan a superar la exclusión y la injusticia social ( Oscar Vera Parra).
Así es que los Defensores del Pueblo que no somos ni el poder ejecutivo ni legislativo ni judicial, somos una institución autónoma y autárquica, no recibimos instrucciones de nadie, somos designados por el parlamento con mayoría calificada y si bien esta institución no tiene poder, lo que sí dispone es del “poder de la opinión” o lo que se ha dado en llamar Magistratura de Opinión como nos enseño Carlos Constenla.
La Defensoría del Pueblo de la ciudad de Bariloche tiene raigambre constitucional: sus antecedentes están en articulo 86 de la Constitución Nacional; en los artículos 167 a 169 de la Constitución Provincial y en el Título Cuarto, Sección Única (Art.76) de la Carta Orgánica de Bariloche.
En todas ellas el proceso de designación tiene mucha importancia, en vista a su calidad de magistrado de conciencia, su credibilidad que será base de su capacidad de acercar al Estado a la sociedad. Lo que habitualmente llamamos legitimidad, está dada por la elección parlamentaria por lo general con mayoría ampliada o especial.
En tercer lugar la independencia es probablemente el atributo más importante y radica en el hecho que este instituto protege al pueblo de los actos de la administración.
Las Principales acciones que llevamos adelante son: la protección de los derechos ciudadanos en base a los reclamos y aplicando la perspectiva de protección de derechos, monitoreamos el cumplimiento de las normas para prevenir violaciones a los mismos; generamos información, investigamos el fehaciente cumplimiento de los DESC y sistematizamos los datos con la construcción de un Observatorio Social, actualmente focalizado en temas de salud atravesado por categorías transversales como niñez, género, etnias, diversidad, discapacidad.
Otra acción emprendida en la línea de generar información fue impulsar un Observatorio Electoral llevado adelante en los comicios del 2013, para evaluar la accesibilidad a los derechos políticos de las personas con discapacidad.
Asumimos acciones de Promoción de Derechos como indispensable tarea educativa, promovemos campañas contra la violencia hacia las mujeres, derechos de los adultos mayores, de las personas con discapacidad, generamos un programa de jóvenes promotores en DDHH, tratamos temas como violencia institucional, consumos problemáticos, y participamos de actividades con pueblos originarios.
Nos construimos como mediadores, porque entendemos que el cuerpo normativo no alcanza para proteger a las personas de los poderes, injusticias, inequidades o vulnerabilidades.
El Dr. Carlos Constenla, Presidente de I.L.O. plantea que “el Defensor del Pueblo es un magistrado de la solidaridad y el altruismo”. Toda persona que requiera del defensor o la defensora debe ser una persona atendida, orientada, asesorada, contenida, auxiliada. Así es que además de utilizar instancias de facilitación también tenemos dentro de nuestro ámbito los centros de mediación comunitaria.
Por otra parte estamos habilitados a tener iniciativa legislativa, hemos accionado en la Justicia a través de recursos de Amparo y de inconstitucionalidad por vulneración de derechos de incidencia colectiva.
Nuestra modalidad de trabajo, tratando de hacerlo en base a patrones de calidad institucional es asegurar la accesibilidad siendo ésta libre, gratuita informal y entendible por todos los sectores sociales.
Estamos guiados por la vocación de servicio la solidaridad y la empatía. Y hemos descentralizado la atención en toda la ciudad para acercarla a la comunidad.
No somos neutrales ante las violaciones a los derechos de nuestros vecinos, y nos expresamos por recomendaciones que no son otra cosa que una invitación a pensar colectivamente, que si bien no son vinculantes pueden llegar a ser parte en una acción judicial.
El eje de nuestro accionar no es la controversia sino el acuerdo, no es la critica sino la construcción colectiva, no es pura retórica sino la acción efectiva.
El Defensor del Pueblo es un personaje que abreva en la tradición republicana y democrática, es un instrumento de garantías para la vigencia de los derechos, es un funcionario estatal con imparcialidad ética pero no neutral, intentando traer nuevos aires a la participación ciudadana para la consolidación de los valores de la libertad.
Quiero agradecer esta oportunidad de compartir con Uds. nuestra experiencia, y también a Carlos Constenla que aporta con su estudio escritos y compromiso con la Institución, a ese manual inexistente en el que todos abrevamos y crecemos como Defensores, y a Laura Pautassi que tan generosamente nos brindo su extenso conocimiento en Derechos Humanos
Dra Andrea F GAlaverna
Defensora del Pueblo de la ciudad de Bariloche
Puerto Montt 9 de mayo 2014