La Defensoría del Pueblo de Bariloche recomienda la suspensión del proceso electoral y elecciones de la Cooperativa de Electricidad Bariloche (CEB) Ltda. anunciadas para el próximo 5 de diciembre, tomando en consideración el estado epidemiológico en el que se encuentra la ciudad como consecuencia de la pandemia por Covid-19.
A través de la Recomendación N° 000005 -DPB-2020, la Defensora del Pueblo de Bariloche, Dra. Beatriz Oñate, apeló a la no vulneración del derecho político y constitucional de las asociadas y los asociados a emitir su voto. Al respecto, relató que -el 22 de octubre- ingresó una nota a través de la cual un grupo de asociadas y asociados pidió la intervención del organismo con «el objeto de solicitar se deje sin efecto el proceso eleccionario convocado para el 5 de diciembre de 2020». En consecuencia, el 26 de octubre, la Defensoría emitió dicha Recomendación dirigida a la CEB y al Instituto Nacional de Asociativimos y Economía Social (INAES), con copia a la Dirección de Cooperativas y Mutuales Desarrollo Social de Río Negro, al Ministerio de Salud de Río Negro; al Poder Ejecutivo Municipal y al Centro de Operaciones de Emergencia (COE) Bariloche.
Entre sus fundamentos, la Defensora del Pueblo de Bariloche citó las diferentes resoluciones y normativas estipuladas por el Gobierno nacional, provincial y municipal, en consonancia con las disposiciones vinculadas al Aislamiento Social y Obligatorio (ASPO), a los fines de proteger la salud pública, obligación inalienable del Estado; suspendiendo todo tipo de actividades, reuniones y desplazamientos de personas con el objeto de evitar la propagación del virus. «El contexto de pandemia mencionado, el cual responde a una situación extraordinaria e imprevisible y que diera lugar a las normativas precitadas, resulta riesgoso -al presente- el despliegue y la realización de actos eleccionarios que necesariamente implican la circulación de personas, con los serios peligros para la salud que ello puede conllevar», señaló la Dra. Oñate, quien además planteó un paralelismo con los actos eleccionarios para la renovación de autoridades de Juntas Vecinales. En este sentido, recordó que «la Junta Electoral Municipal, por medio de la Resolución Nº 012-JEM-2020, se expidió y determinó que dichos actos implican justamente la reunión de personas por lo que se ha decidido suspender las elecciones y determinar para el hipotético caso que una Junta Vecinal de esta ciudad cuyo mandato de autoridades se encuentra actualmente vencido y necesiten realizar trámites o gestiones administrativas se podrá otorgar una extensión de mandato por tiempo determinado a los efectos que puedan cumplir con los fines de su estatuto social estableciendo una serie de requisitos».
La funcionaria manifestó su preocupación respecto a la condición que establece el Estatuto en su Art. 53, que afirma que tendrán derecho al voto los asociados consumidores de energía eléctrica que al mes anterior a la convocatoria no tengan deudas pendientes -sin regularizar- de ninguno de los servicios que preste directamente la Cooperativa. «En este aspecto, debe tenerse en consideración la parálisis que se experimenta en muchas de las actividades económicas principales que se desarrollan en nuestra ciudad, lo que ha ocasionado -y todavía ocurre- un impacto directo en los ingresos de los usuarios del servicio de energía eléctrica y por tanto, en el pago de los servicios», indicó la Dra. Oñate y agregó: «por dichas circunstancias se podría ver afectado seriamente el ejercicio del derecho al voto de muchos de las usuarias y usuarios, vulnerando el espíritu democrático y la participación de asociados y asociadas en el devenir de la Cooperativa».
Por otro lado, mencionó la Resolución N° 145/2020 del INAES, la cual asevera que “mientras dure la situación de emergencia declarada por el DNU 297/2020 y las medidas que en su consecuencia se dicten, que impidan el normal funcionamiento institucional de las cooperativas y mutuales, se posterga la convocatoria y realización de asambleas. (…) Los miembros de los órganos de dirección y de fiscalización privada de las cooperativas y mutuales permanecerán en sus cargos hasta su reemplazo por las asambleas que se realicen una vez finalizadas las medidas que impiden su normal funcionamiento institucional, dentro de la normativa señalada en el artículo anterior”.
Para finalizar, la Defensora del Pueblo de Bariloche reafirmó su postura respecto a que «resulta inoportuno habilitar el inminente despliegue de un proceso electoral que no sólo implica la circulación de personas mientras persiste el presente estado epidemiológico, sino que también podría verse afectado ante una considerable reducción de votantes, tanto por el hecho de registrarse deudas en el pago de los servicios como respecto de aquellos quienes se encuentran considerados como personas de riesgo y deben guardar estricto aislamiento para preservar su salud».