La Defensoría del Pueblo de Bariloche participó de la Audiencia Pública por el boleto estudiantil. Margarita Galaz fue la encargada de exponer la postura de esta institución en relación a un derecho conquistado.
Conocido el Proyecto de Ordenanza Nº316 CM 16 que crea el “boleto educativo y boleto diferencial STUP Bariloche”, la Defensoría del Pueblo local elaboró una Recomendación (Nª 14/ 2016) cuyo contenido se resume en respetar los principios rectores de los derechos humanos: igualdad, no discriminación y no regresividad de la Ley; y se funda en el respeto por la Convención de los Derechos del Niño; la Ley 26. 061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes; y la Ley Provincial Nª 4109.
Los principios de igualdad y no discriminación son elementos fundantes del orden jurídico nacional e internacional y señalan que toda persona, sin distinción, tiene derecho a disfrutar de todos los derechos humanos, incluidos el derecho a la igualdad de trato ante la ley y el derecho a ser protegido contra la discriminación por diversos motivos. La Ley de Protección integral de Niños, Niñas y Adolescentes debe aplicarse sin discriminación alguna fundada en “motivos raciales, de sexo, color, edad, idioma, religión, creencias, opinión política, cultura, posición económica, origen social o étnico, capacidades especiales, salud, apariencia física o impedimento físico, de salud, el nacimiento o cualquier otra condición del niño o de sus padres o de sus representantes legales”, tal lo afirma la Ley 26. 061 en su artículo 28.
La Audiencia Pública, previa al tratamiento del Proyecto por el Concejo Municipal, fue solicitada por la Federación de Estudiantes de Bariloche a fin de garantizar la gratuidad del boleto para estudiantes del escuelas públicas y un valor mínimo para los colegios privados, que hoy es de 1 peso. Recordemos que el proyecto en debate pretende incrementar en un 50% el valor del boleto general para establecimientos privados.
La desición de participar en esta audiencia se fundamentó en la necesidad de defende la normativa vigente y los derechos consagrados, resultado de históricas luchas sociales que han situado al boleto estudiantil en un aspecto trascendental a la hora de garantizar la educación.
Esta Defensoría elevó al Concejo Municipal una Recomendación (Nº 14/ 2016) en el que expone los puntos expuestos, la que interpreta que imponer un aumento a estudiantes de establecimientos privados resulta un menoscabo a un derecho ya consagrado y conquistado por el colectivo de estudiantes hace años. En nuestra ciudad está vigente la Ordenanza 327-CM-94 que no distingue ni categoriza a los estudiantes a la hora de acceder al Boleto Escolar. Pese a ello en el año 2010, las empresas concesionarias del servicio de transporte público urbano de pasajeros intentaron interrumpir el beneficio a alumnos/as de establecimientos educativos privados. Dicha situación motivó la interposición de un recurso de amparo con medida cautelar incluida, motivo por el cual el Superior Tribunal de Justicia de nuestra provincia, ratifico todos los fallos contra las empresas.
En tal sentido, la Defenesoría solicitó al Ejecutivo y al Concejo Municipal que otorgue la gratuidad del boleto escolar para todos los estudiantes primarios secundarios y universitarios, sin distinción y reconedó dar intervención al INADI en vista que el transporte público de pasajeros es un servicio público y por lo tanto el Estado debe garantizar su acceso igualitario sin discriminación Hay normativa que lo respanda y fallos que así lo ordenan.