Nuestra Constitución Nacional dice en su Artículo 41: “ Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos.”
A esta normativa, sumamos la normativa internacional, la provincial y la establecida en nuestra Carta Orgánica.
En consecuencia, esta Defensoría del Pueblo está comprometida con la defensa del medio ambiente y la promoción de su cuidado.
Nuestra Defensoría recepciona cotidianamente casos vinculados a esta temática, lo que da cuenta de una sociedad cada vez más sensibilizada y comprometida en relación al cuidado impostergable del medio ambiente en el que habitamos.
La problemática medioambiental, que en sentido amplio no puede referirse a problemas que afectan a la vida misma, abarca un amplio repertorio de temas en nuestra ciudad: contaminación del agua (lago, arroyos, ríos, manantiales naturales) uso de la tierra, del espacio, contaminación sonora (y ruidos molestos) y visual (cartelería comercial), localización de antenas; denuncias sobre existencia de PCB; la tala indiscriminada de bosques; sobre existencia de baldíos y basurales espontáneos; denuncias sobre inadecuado tratamiento de residuos sólidos urbanos y residuos patológicos, y su falta de tratamiento adecuado; derrames de hidrocarburos, etc.
La resolución de conflictos ambientales que afectan a esta ciudad requieren de una activa participación ciudadana y de un compromiso férreo de parte de los organismos de control del estado que deben atender la demanda a cada ciudadana y ciudadano afectados y exigir el debido cuidado y/o la reparación eficaz y efectiva del daño producido, con costas a quienes lo provocan.
Para mayor información comuníquese a esta Defensoría, Quaglia 740 de lunes a viernes de 9 a 14hs, o a los teléfonos 4424121- 4423147, o al mail prensa@defensoriabariloche.gob.ar