La Defensoría del Pueblo es una institución creada por la Carta Orgánica Municipal en el año 2007. La principal función es la de defender y proteger los derechos, garantías e intereses,concretos y difusos, de los individuos y de la comunidad, tutelados por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y esta Carta Orgánica, ante hechos, actos u omisiones de la administración. La Defensoría actúa con autarquía financiera, plena autonomía funcional y sin recibir instrucciones de ninguna autoridad.


Ámbito de competencia del Defensor del Pueblo

Toda la Administración Pública Municipal, política o de planta, centralizada y/o descentralizada, entes autárquicos, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, sociedades con participación estatal mayoritaria y todo otro organismo municipal existente y/ o a crearse, cualquiera fuera su naturaleza jurídica, denominación, disposición especial que pudiera regirlo o lugar que desarrolla su actividad.

La Defensoría controla que los entes bajo su ámbito cumplan con sus deberes y obligaciones de acuerdo a la Carta Orgánica y todas las leyes vigentes en la República Argentina y representa los intereses de las ciudadanas y ciudadanos.


Persiguiendo estos objetivos, la Defensoría del Pueblo:

  • Supervisa y garantiza que las instituciones y los funcionarios de la Municipalidad cumplen con sus deberes.
  • Promociona los Derechos Humanos.
  • Monitorea el respeto de los Derechos Humanos y denuncia su violación, dando prioridad a los colectivos más vulnerables.
  • Controla que los entes o empresas de servicios públicos con servicios de concesión por parte de la Municipalidad brinden las tareas o servicios de manera adecuada a toda la comunidad.
  • Atiende las inquietudes de todas las personas que sientan vulnerados sus derechos; o que hayan sido perjudicadas por abuso, negligencia o irregularidades,  por los actos, hechos u omisiones de los órganos bajo el ámbito de su competencia.
    Investiga todo hecho que, emanado de un órgano del Estado Municipal o de particulares comprendidos dentro de su ámbito de competencia, suponga un ataque o lesión de la libertad de expresión y/ o de información.

La Defensoría del Pueblo de Bariloche actúa por demanda espontánea, denuncias o de oficio. Las actuaciones de la Defensoría se rigen por los principios de informalismo, gratuidad,  sumariedad y accesibilidad.

Toda persona física o jurídica que considere afectados sus derechos o intereses en cualquier forma que sea por parte del Estado Municipal, podrá dirigirse a la Defensoría del Pueblo para solicitar su intervención en asuntos de su competencia.

Cualquier persona puede pedir su intervención, sin restricciones por nacionalidad, lugar de residencia, ni el de tener relación de dependencia con el Estado Nacional, Provincial o Municipal. Las presentaciones pueden ser personales o en representación de terceros. Las demandas, quejas o reclamos pueden realizarse también por correo postal o correo electrónico. Las denuncias pueden ser personales o vía terceros, aunque deberán ser ratificadas por la firma de la interesada o del interesado y siempre y cuando no exista mecanismo de firma digital válido.