El lunes, una alumna de 14 años del CEM 123 fue atropellada. Fue el quinto accidente en dos años que contabiliza la escuela a la que asiste. La comunidad educativa resolvió movilizarse para conseguir la señalización, la colocación de reductores de velocidad sobre el final de la Av. de los Pioneros y solicitaron a conductores que reduzcan la velocidad en inmediaciones del colegio.
El accidente, del que erróneamente se culpabilizó a la joven, motivó la demanda por una mayor Seguridad vial en la ciudad por parte de múltiples actores sociales, que reclaman medidas hace años sin respuesta, fundamentalmente en calles de alto tránsito y en calles cercanas a establecimientos educativos.
Varios medios destacaron que la adolescente no miró al cruzar, recordamos que el acento no debe ser puesto en hacerla culpable de su accidente, sino en recordar, por una parte, que los peatones son los usuarios más vulnerables del sistema del tránsito, son los que se encuentran más desprotegidos. En zonas donde hay señalización de escuelas, los conductores deben disminuir la velocidad al máximo posible. Por otra, que nuestra ciudad requiere de medidas urgentes para modificar hábitos y conductas que devienen del desconocimiento o de la ignorancia hacia las leyes que rigen en relación al tránsito.
La Defensoría del Pueblo de Bariloche emitió una Recomendación (192-DP- 2015) vinculada a Seguridad Vial. La misma tiene fecha 27 de septiembre de 2015 y fue el resultado de un pedido de intervención de la agrupación “Bicicletas por la Vida” en la que planteaban la falta de aplicación de la Ordenanza 2505 (que adhiere a la Ley Provincial S 4272) y que regula la circulación urbana en bicicletas; Seguridad Vial, el Derecho a la circulación, Jurisdicción de avenidas urbanas, señalización y semaforización en Av. Bustillo y Pioneros entre otras.
Respecto a la cuestión de Seguridad Vial, esta Defensoría tomó un sinnúmero de denuncias de ciudadanos/as, tramitando las mismas como una clara violación al derecho a circular por la ciudad, garantizando la integridad y seguridad de las personas según las normas vigentes.
Entendemos que la Seguridad Vial forma parte de la política de protección de los Derechos Humanos. Los siniestros viales son consecuencia de una sumatoria de hechos que llevan a que cientos de personas pierdan la vida, o sufran consecuencias irreversibles, en nuestra ciudad; y que las normas reguladoras de tránsito y la responsabilidad de los usuarios de la vía pública, componen el principal punto en la Seguridad Vial.
La Defensoría del Pueblo busca generar una conciencia colectiva en torno a esta temática y busca subsanar los derechos y garantías vulnerados mediante diversas acciones. Por tal motivo, resulta necesario ajustar procedimientos y acciones que permitan el cumplimiento de la estrategia de Seguridad Vial, respetando los derechos de cada uno de los habitantes. En dirección a ellos en la presente Recomendación se resuelve solicitar a las autoridades competentes, una respuesta integral a la problemática planteada y políticas públicas que redunden en garantizar derechos consagrados.
Se solicita al Concejo Municipal la implementación de la Ordenanza 2505- CM-14 en la que se adhiere a la Ley Provincial 4272, que legisla sobre la circulación de bicicletas, crea el Registro de Bicicletas en el ámbito de la autoridad de aplicación de la presente ley.
Al tiempo que se pide al Municipio otorgar prioridad a la ejecución de un plan que tome como base al Estudio de Movilidad Urbana Sostenible, realizado con financiamiento internacional (BID) por una consultora privada en 2014 para la ciudad de San Carlos de Bariloche, en la cual se elaboró un diagnóstico y una lista de soluciones a problemas concretos vinculados a esta temática ligada a la inquietud de ciudadanas y ciudadanos.
Esta Defensoría, también cree imprescindible hacer efectivas las campañas de Seguridad Vial a la que se compromete el Concejo Municipal por Ordenanza 2505-CM 14, a fin de ciudadanas y ciudadanos tomen conocimiento de la presente norma, así como se divulgue desde la Dirección de Tránsito al momento de sacar la licencia de conducir.
Por otra parte, se recomienda a la Secretaría de Planeamiento Estratégico, se haga efectivo el cumplimiento de la Ordenanza N° 2106-CM-10, que indica que todo frentista debe construir veredas. Ello así por cuanto el cumplimiento de “esta Ordenanza marcaría reciprocidad entre derechos y deberes, que es la piedra angular de una convivencia cívica de calidad; siendo además el punto de partida para compartir correctamente los espacios con los demás.”
La respuesta integral incluye semaforización, carteles de velocidades máximas, de sectores claves de la ciudad; el pedido puntal al Departamento Ejecutivo Municipal de una gestión ante Vialidad Nacional, y Provincial con el fin de tomar las precauciones de seguridad que establece la ley nacional 24.449, dado que la Ruta Nacional 40 Norte tiene un tramo muy importante urbano y es de jurisdicción nacional, dada la no efectivización del traspaso de jurisdicción a la provincia y/o al municipio y ante la ausencia de medidas de seguridad vial en este tramo de alto tránsito urbano.…”
Esta propuesta no es sólo para la Avenida Bustillo sino también para Pioneros, Esandi, Elordi, Ruta 82, Ruta 79 y Ruta 40 sur, arterias urbanas en las que acontecen la mayor cantidad de siniestros viales, con considerable morbimortalidad, y que se caracterizan por altas velocidades y ningún espacio de circulación y cruce peatonal ni de bicicletas.
Si bien no se puede desconocer las cuestiones jurisdiccionales, la carta orgánica de nuestra ciudad expresa en su Art. 29) que son Funciones y Competencias Municipales: Educación Vial y Proveer las medidas conducentes al ordenamiento del tránsito vehicular y promover la educación y la seguridad vial”, en la ciudad.
La sociedad también debe hacer su aporte, porque esta es la única manera de protegernos solidariamente en la comunidad que construimos entre todos y todas.